Los mercados financieros se componen de tres
mercados fundamentales; los mercados de deuda, (que a su vez incluyen los
mercados interbancarios, los de divisas los monetarios y los de renta fija),
los mercados de acciones, y los mercados de derivados. Los valores que se
negocian en los mercados de derivados se "derivan", bien de materias
primas, o bien de valores de renta fija, de renta variable, o de índices
compuestos por algunos de esos valores o materias primas.
Los mercados organizados de futuros y
opciones surgen históricamente como consecuencia de un proceso de
autorregulación destinado a potenciar la negociabilidad de operaciones a plazo,
dotando de mayor transparencia, liquidez y seguridad a su mercado secundario.
Por ello, antes de entrar a comentar los mercados organizados de futuros y
opciones, para entender sus características es de utilidad repasar los rasgos
básicos, tanto de las operaciones a plazo "a medida", como de las
causas del proceso que conduce a la aparición de los futuros y opciones.
En un sentido general, una operación a plazo
es aquella en la que, entre el momento de la contratación y el momento de la
liquidación, media, como mínimo, un número de días establecido en cada mercado,
que suele situarse entre dos y cinco. Precisamente la existencia de este plazo,
que puede llegar a ser dilatado y en el que puede modificarse tanto la
situación de los mercados y de los participantes en ellos como las expectativas
de estos últimos, explica la conveniencia de mercados secundarios, donde sea
posible deshacer, sin un excesivo coste, las posiciones, compradoras o
vendedoras, previamente adeudadas.
El primer tipo de operación a plazo son las
compraventas simples a plazo, en las que se acuerda, para una fecha futura y
cierta, el intercambio de una determinada cantidad de un instrumento financiero
concreto, denominado activo subyacente, por el efectivo, también fijo, con el
que se paga. Por tanto, en el momento de contratar, se fijan la fecha de
liquidación, el instrumento, su cantidad y su precio.
Alternativamente a la liquidación con entrega
del instrumento y del efectivo, cabe que ambas partes acuerden liquidar la
operación por diferencias, es decir, sin que haya movimiento de valores y
transmitiendo, a favor de la parte que resulte beneficiada, únicamente efectivo
por la diferencia entre el precio contratado y el precio del mercado al contado
que, el día de la liquidación, tenga el activo subyacente.
La naturaleza de los riesgos que asumen los
participantes en las compraventas a plazo es de dos tipos. El primero de ellos
(riesgo de mercado) es el derivado de que el precio al contado del activo
subyacente varíe, hasta el día de la liquidación, en contra de sus
expectativas, generando pérdidas por un importe igual al de la liquidación por
diferencias antes citada. El segundo es un riesgo de contrapartida, e s decir,
derivado de que, si una de las partes obtiene beneficios, la otra no cumpla sus
compromisos en la fecha de liquidación.
Lógicamente, el importe máximo de ambos riesgos es el mismo, no puede fijarse a priori, y no coincide con el precio de la compraventa pactada (riesgo de principal), sino con la diferencia entre éste y el precio al contado del activo subyacente el día de liquidación, ya que, en principio, la contratación de una compraventa a plazo no acarrea ningún coste o ingreso.
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